CURSO DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA. NIVEL A1. MODALIDAD ONLINE. (Plazas limitadas).

ADAPTADO AL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS (MCER).

Obtendrás:

  • Certificado acreditativo homologado por la Confederación Estatal de Personas Sordas-CNSE (máxima entidad referente en materia de enseñanza de lengua de signos española).

Fechas. Del 1 de febrero de 2023 al 3 de mayo de 2023

Periodo de matriculación. Abierto, hasta el 25 de enero de 2023.

Modalidad online.

Horario: La plataforma estará disponible las 24h del día 1 de febrero de 2023 al 3 de mayo de 2023

Tutorizado por: Profesorado nativo signante con acreditada experiencia docente reconocida por la CNSE y su movimiento asociativo con titulación como Especialistas en Lengua de Signos Española.

Requisitos necesarios: ordenador, webcam y conexión a internet de alta velocidad. (más información)

Número de plazas: Son limitadas por orden de inscripción (mediante el pago del curso).

Organiza:  Federación de Personas Sordas de la Región de Murcia (FESORMU) miembro de la Red Estatal de Enseñanzas de Lenguas de Signos y la Confederación Estatal de Personas Sordas-CNSE.

Destinatarios.
Cualquier persona interesada en aprender lengua de signos como segunda lengua. Personas Sordas y sus familias. Estudiantes universitarios. Profesionales de entidades pertenecientes al tercer sector. Mayores de 16 años

Presentación.
La Lengua de Signos Española es un importante activo de nuestra cultura, que ha de reconocerse, promoverse y difundirse como vehículo de comunicación de las personas sordas, tanto para su desenvolvimiento vital, como para su plena inclusión y participación social, política, cultural y económica. En definitiva, para el ejercicio pleno de su ciudadanía.
Aunque en nuestro país los orígenes de la Lengua de Signos datan del siglo XVI, no será hasta 2007 cuando se regule su existencia en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 27/2007 de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Derecho, también reconocido, en varios textos normativos de ámbito nacional e internacional, como es el caso de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), que nuestro país ratifica en 2008, dando origen a un proceso de armonización legal que culmina con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Desde la perspectiva de la normalización lingüística de cualquier lengua, uno de los procesos clave es la extensión de su uso. La Federación de Personas Sordas de la Región de Murcia (FESORMU), a través de su Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE), lidera desde cerca de 40 años la formación en este ámbito, hasta tal punto esto es así, que sus esfuerzos han culminado en la creación de la Red Estatal de Enseñanzas de Lenguas de Signos, referente a nivel nacional.
Un valor añadido de los cursos, tiene que ver con el papel protagónico que adquieren las personas sordas al ser ellas quienes, con la preparación adecuada y certificada por la Red Estatal de Enseñanzas de Lenguas de Signos, se convierten en los docentes naturales de su propia lengua. Con ello, no solo se contribuye a elevar la calidad de las acciones formativas, sino que contribuimos a dar la necesaria visibilidad de este colectivo, revalorizando su rol social y contribuyendo a la toma de conciencia de la necesidad de resituar a los diferentes colectivos, en este caso el de las personas sordas, a controlar y gestionar el conocimiento que les pertenece.

Competencias del curso.
Los participantes en esta acción formativa adquirirán, a partir de los contenidos eminentemente prácticos sobre la lengua de signos, las siguientes competencias:
-Comprender la importancia de la adquisición de la Lengua de Signos (LS) como herramienta hacia la accesibilidad y promoción de la inclusión de las personas sordas en la sociedad.
-Adquirir conocimientos sobre aspectos lingüísticos y socioculturales básicos acerca de la Lengua de Signos (LS) y las personas sordas.

Precio de Matrícula. 195 €.

Normas de matrícula.
Pago único mediante ingreso en cuenta, indicando en concepto: A1 + Apellidos y Nombre.
CaixaBank
ES15 2100 8221 7713 0033 5599
Titular: Federación de Personas Sordas de la Región de Murcia.
La inscripción se realizará mediante formulario, pinchando en el botón de más abajo, donde se adjuntará justificante bancario.

Derecho de desistimiento:

Descripción del derecho de desistimiento

Tiene usted derecho a desistir del presente contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación. El plazo de desistimiento expirará a los 14 días naturales desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración del contrato.

Para ejercer el derecho de desistimiento, deberá usted notificarnos a través de una declaración inequívoca su decisión de desistir del contrato a C/Virgen de la Soledad,n-17, 30007, Murcia, Murcia  (por ejemplo, a través de envío de una carta por correo postal), al teléfono 968 22 04 75 o al correo electrónico fesormu@fesormu.org con el asunto <>. Para ello, podrá utilizar el siguiente modelo de formulario de desistimiento , aunque su uso no es obligatorio.

Para cumplir con el plazo de desistimiento basta con que la comunicación relativa al ejercicio por su parte de este derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente.

Consecuencias del desistimiento

En caso de desistimiento por su parte, le devolveremos todos los pagos recibidos de usted, sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la fecha en la que se nos informe de su decisión de desistir del presente contrato. Procederemos a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por usted para la transacción inicial, a no ser que haya usted dispuesto expresamente lo contrario; en todo caso, no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso. Si hay algún Regalo por compra en el pedido, deberá ser devuelto para poder aceptar el desistimiento.

Impediremos al alumno cualquier uso posterior a la fecha de desistimiento de los contenidos o servicios digitales, en particular, haciendo que estos no sean accesibles para el alumno.

Excepciones al derecho de desistimiento

El derecho de desistimiento no será aplicable a los contratos que se refieren al suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado y, si el contrato impone al consumidor o usuario una obligación de pago, cuando se den las siguientes condiciones:

  • º El consumidor o usuario haya otorgado su consentimiento previo para iniciar la ejecución durante el plazo del derecho de desistimiento. La ejecución comenzará en el momento en que el alumno reciba las claves y acceda por primera vez al curso.
  • º El consumidor o usuario haya expresado su conocimiento de que, en consecuencia, pierde su derecho de desistimiento; y
  • º El empresario haya proporcionado una confirmación del contrato suscrito.

En el caso de que la formación incluya clases presenciales o en streaming, el derecho de desistimiento no será aplicable en caso de haber asistido a alguna de dichas sesiones.

Tampoco será admitido el derecho de desistimiento cuando el artículo objeto de devolución no sea exactamente el adquirido, salvo que se le haya facilitado por error un producto distinto al adquirido.

Solicitud de Beca.
El alumno/a podrá solicitar beca siempre y cuando acredite el siguiente requisito, el cual deberá remitir a la sede de la FESORMU junto al impreso y justificante de pago de matrícula.
-Persona con discapacidad (mediante fotocopia de Certificado de Valoración del Grado de Discapacidad o Tarjeta de Reconocimiento de Discapacidad).

Información y Contacto.
Sede de la FESORMU de lunes a viernes de 9:30h a 13.30h. C/ Virgen de la Soledad, 17-bajo. Murcia.
coordinacion@fesormu.org
968220475 (María del Mar Cárceles)